Siglo IV
Tanto Sástago como Alborge se hallaba poblado de moriscos y con la tolerancia y permiso del Monasterio se introdujeron los Señores propietarios de la Villa de Sástago que eran tan poderosos y temidos (como consta por las historias del Reino) en el ejercicio de la Jurisdicción Criminal de Alborge.
Años más tarde limitaron y amojonaron el término propio, del lugar de Alborge, perteneciente a Rueda de la siguiente forma:
1º.- Desde la Val llamada de los Perreros, siguiendo una senda que parte desde allí en derecho a la poblanueva, que hizo Don Artal y pasa otra senda debajo la Puyada, llamada de Pina; y de allí viene a Los Forniellos del Alge y de allí a la bajada de los Almadeques y desde esta senda y bajada hacia el Río Ebro otra, así quedó y se dijo que fuera para siempre el término propio del lugar de Alborge y del dominio del Monasterio de Rueda.
2º.- Declararon que el Monasterio y los de ALBORGE pueden sacar piedra para hacer y reparar la Azud, Puerto y Almenara en los términos de Sástago, desde el Planillo de Velilla por todas las vertientes hacia el río Ebro, siguiendo los Almadeques, desde el Cabo de Vega de Alforque hasta la noria de Alborge todo ello sin el permiso del Sr. de Sástago ni de sus vasallos.
3º.- El Sr. de Sástago declara que si los de su villa tienen barca para el pase del Ebro, no la puede tener Alborge; y que por esta barca pasen francamente el Sr. Abad y familia del monasterio; y que los vecinos de Alborge tengan paso libre pagando a los de Sástago por cada casa de Alborge un cuartal de panizo por año.
Y que si Sástago no tiene barca propia pueda tenerla Alborge dando paso franco a los Señores de Sástago y su familia y que también lo deban dar a los vecinos de Sástago pagando estos a los de Alborge un cuartal de panizo al año por cada casa.
4º.- Los de Alborge no puedan hacer pesquera en el puerto ni almenara en Alborge y que si le hicieran y arrendaran deben dar al Sr. de Sástago la mitad del precio del arriende.
5º.- Se declara que los de Alborge puedan leñar, cazar y pacer y usar te género en el espacio de su propio término.
6º.- Que los de Alborge pueden pacer sus ganados en el término de Sástago de sol a sol.